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PRONUNCIAMIENTO: PROPUESTAS DE POLÍTICA PÚBLICA FRENTE A LA VIOLENCIA MACHISTA 

Las organizaciones de mujeres migrantes, antirracistas, feministas, de DDHH, ONGD, firmantes nos dirigimos a los gobiernos central, autonómicos, administración local y a la ciudadanía en general en el Estado español para denunciar la violencia institucional basada en género que existe y se ejerce contra las mujeres migrantes sus hijos e hijas; así como dar a conocer nuestras propuestas de mejora de política pública contribuyendo a la exigibilidad de los derechos de las mujeres migradas, así como de sus hijos e hijas en todo el territorio español.

Durante el 16 y 17 de marzo de 2023 se ha celebrado el Foro Estatal sobre violencia institucional basada en género contra las mujeres migrantes, sus hijas e hijos, organizado por la Asociación de Investigación y Especialización sobre Temas Iberoamericanos y la RED de Mujeres Latinoamericanas y del Caribe en coordinación con la Associació Hèlia (Barcelona), Casa Marruecos (Valencia), Colectiva 1600s, Feministas por el Cambio Social, Fondo de Mujeres Calala, Fundación Aspacia, Plataforma Impacto de Género Ya, Médicos del Mundo (Madrid) y la Universidad Autónoma de Madrid. Nos hemos reunido en la ciudad de Madrid alrededor de 47 organizaciones, 32 de ellas de mujeres migrantes facilitándose un diálogo entre representantes del Estado (a nivel estatal, autonómico y local) y organizaciones de la sociedad civil teniendo como marco los instrumentos de derechos humanos de las mujeres, como la CEDAW y el Convenio de Estambul, así como el marco estatal vigente en el país en materia de violencia de género.

En este foro, han participado una diversidad de organizaciones de mujeres migrantes/racializadas del sur global que habitan ciudades y territorios del Estado español como Barcelona, Bilbao, Cádiz, Cáceres, Ferrol, Granada, Gijón, Huelva, Málaga, Madrid, Santiago de Compostela, Valencia y Zumaia.

Denunciamos que la violencia de género es una vulneración de los derechos humanos de todas las mujeres, pero en el cuerpo de las mujeres extranjeras el estatus migratorio va a condicionar el acceso a los recursos y protección. Es una forma de discriminación, que en el caso de las mujeres migradas y racializadas es interseccional.

Las historias de vida de las mujeres migrantes víctimas y supervivientes de las violencias machistas nos permiten situarnos en los contextos que esta violencia se (re) produce y comprender sus intersecciones con las migraciones produciéndose una combinación de violencias que excede el ámbito de la pareja al que se circunscribe la Ley Orgánica 1/2004, que se ejerce desde el Estado desde diferentes ámbitos, afectando de manera directa a las mujeres migradas y sus proyectos de vida en el país. La violencia y el racismo estructural las sitúa en posiciones de vulnerabilidad y desigualdad: la irregularidad administrativa, trabajos precarios, explotación laboral, explotación sexual, graves problemas de conciliación y perdidas de custodias, menor acceso a recursos, el incumplimiento de la debida diligencia en la protección, atención, acceso a la justicia y reparación integral por parte del Estado en todos sus niveles territoriales.

Es indudable los avances en la lucha contra las diferentes formas de violencia de género, no obstante, comprobamos cómo el Estado español, sus normas y políticas frente a la violencia machista responden a un estereotipo de víctima, a una suerte de “víctima ideal” para acceder  a la protección. Las políticas de igualdad y contra la violencia machista no llegan a las mujeres migradas/racializadas.

Denunciamos que las políticas públicas no están respondiendo a las diferentes realidades que experimentan las mujeres migrantes víctimas y/o supervivientes de violencia de género, sus hijos e hijas, existiendo estereotipos de género específicos sobre ellas que condicionan su derecho a una vida libre de violencia machista y se encuentran en la base de la discriminación interseccional. Estas violencias se incrementan con la Islamofobia por la utilización identitaria del propio género y retroalimenta las semillas de rechazo comunitario e institucional por la falta de atención a la diversidad.

Denunciamos que el estereotipo de género sobre las mujeres migrantes como mentirosas o manipuladoras de algo tan grave como la violencia machista para supuestamente “permanecer en España” sigue presente. Que no se suele creer a las mujeres migrantes y que,  a pesar de ello, se suele condicionar su residencia cuando viven o han vivido violencia de género a que denuncien y a que se obtenga una condena favorable. Esto no se modificó con la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, Garantía Integral de la Libertad Sexual, la cual
sigue exigiendo a las mujeres en situación administrativa irregular denunciar y obtener una condena favorable (y no ser expulsadas de España) para tener la residencia, cuando sin residencia (que condiciona el trabajo, la vivienda, la salud, tener una cuenta bancaria abierta, etc.) no hay una reparación integral posible.

Demandamos que, el Estado español reconozca y actúe frente a la violencia institucional (que está construida en base a estructuras y relaciones de poder) para erradicar las barreras y obstáculos que experimentan las mujeres migradas/racializadas en la consecución a sus derechos de protección, atención y acceso a la justicia frente a las distintas formas de violencia machista incluidas la violencia económica, la reproductiva, la violencia vicaria o la violencia institucional y garantice su derecho a vivir una vida libre de violencia y de
discriminación. La Islamofobia debe considerarse un delito de odio específico conllevando atención a la víctima, atención psicológica y orientación en la denuncia. Comprobamos que, la violencia institucional cruza a las mujeres con discapacidad, con problemas de salud mental, a las que están en los CIES, a las que trabajan en el campo, a las trabajadoras del hogar y de los cuidados, a mujeres en contexto de trata y tráfico con fines de explotación sexual y laboral, refugiadas, asiladas, trans, lesbianas, a las que están en la frontera sur, entre muchas otras, y a niñas, niños y adolescentes que quedan en la subalternidad. El impacto de las violencias machistas, islamofobia, racismo institucional en los hijos e hijas de las mujeres migrantes víctimas de violencia de género requiere de atención integral específica, son víctimas de violencia de genero también. Así mismo se sigue sin identificar de manera adecuada la Mutilación Genital Femenina (MGF) como una forma de
violencia sexual. Si bien existen protocolos específicos, se constata que no se está dando una respuesta adecuada ni efectiva a los casos de mujeres que han sufrido MGF, y que han acudido al sistema sanitario.

Reconocemos los servicios públicos como un elemento esencial de las sociedades democráticas basadas en los derechos humanos y la solidaridad social y el papel estratégico del personal de atención de primera línea; pero constatamos barreras para lograr una atención de calidad. En este Foro , diferentes actores institucionales y políticos (autonómicos, municipales y estatales, a nivel europeo e internacional) expusieron sus esfuerzos para erradicar la violencia machista y, particularmente, considerar la situación de las mujeres
migrantes/racializadas en sus diferentes normativas, políticas y estrategias para la provisión de servicios integrales y especializados para la prevención, protección, atención y garantía del acceso a la justicia, que implica mayor presupuesto, personal especializado y sensibilizados, interpretes, entre otros aspectos. No obstante, sigue siendo recurrente la falta de perspectiva de derechos, género e interseccionalidad entre el funcionariado, operadores judiciales y profesionales de la intervención que se traduce en una grave desprotección de las mujeres  migrantes víctimas de violencia machista y revictimización en la atención y los procesos judiciales.

Confirmamos también cómo las mujeres migrantes/racializadas seguimos sin estar presentes en los espacios de poder y de decisión institucionales, no se reconocen nuestras capacidades, conocimientos o expertises, y desde donde sólo somos llamadas para algunos de los procesos de consulta, lo que evidencia que las políticas de igualdad no responden a nuestras necesidades. Por otro lado, denunciamos el limitado acceso de las organizaciones de mujeres migrantes a los recursos públicos para trabajar dignamente y de manera remunerada. No se nos toma en cuenta para el diseño, implementación y evaluación de leyes y políticas que
afectan nuestras vidas. Paralelo, vemos cómo ahora los programas, planes y estrategias institucionales incluyen enfoques de interseccionalidad y/o interculturalidad, pero sin traducirse en mejoras en nuestras vidas, pues el patriarcado, el racismo, la xenofobia, la precariedad, el mercado laboral explotador sigue siendo parte de nuestras realidades vulnerándonos de forma simultánea.

ANTE LO EXPUESTO:
Las mujeres migrantes/racializadas, junto a organizaciones aliadas, como forma de resistencia, nos damos a la tarea de presentar propuestas y de abrir caminos para elevar la voz, agrietar el poder hegemónico institucional, y provocar cambios que contribuyan a vivir una vida libre de violencias y de discriminación.

PROPONEMOS una serie de acciones que contribuyan a mejorar la actuación estatal y su obligación de erradicar todas las formas de violencias machistas y racismo garantizando los derechos de todas las mujeres en condiciones de igualdad y sin discriminación en todo el territorio español.

PROPUESTAS PARA LA PREVENCION, PROTECCION, ATENCION INTEGRAL

ESPECIALIZADA Y ACCESO A LA JUSTICIA

1. Que se modifique la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social para que no se condicione la autorización de residencia y trabajo provisional por circunstancias excepcionales a una orden de protección o un informe del Ministerio Fiscal, ni su concesión a un procedimiento penal que concluya con una sentencia condenatoria o con una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia de género, brindando la posibilidad de autorización mediante informe de los servicios sociales, de los servicios especializados, o de los servicios de acogida de la Administración Pública competente destinados a las víctimas de violencia de género, o por cualquier otro título, siempre que ello esté previsto en las disposiciones normativas de carácter sectorial que regulen el acceso a cada uno de los derechos y recursos.

2. Que se regularice de inmediato a los hijos e hijas menores de edad de las víctimas y supervivientes de violencia de género migrantes, que se encuentren en situación de irregularidad administrativa. Ningún niño o niña puede permanecer en la irregularidad administrativa. Repercute en todos los ámbitos, hay que actuar de manera preventiva y evitar la exclusión educativa y social.

3. Si bien reconocemos el cambio de paradigma de lucha contra las violencias sexuales que supone la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, este cambio deja fuera a las mujeres migrantes en situación administrativa irregular al ser necesario que denuncien y que el procedimiento penal concluya con una sentencia condenatoria o con una resolución judicial de la que se deduzca que la mujer ha sido víctima de violencia sexual. A pesar de que se ha comprobado en los casos de  violencia de género en el sentido de la Ley Orgánica 1/2004 que el condicionar la residencia a la denuncia de las mujeres migrantes en situación administrativa irregular se traduce en una falta de protección, resulta preocupante que se haya aplicado lo mismo para esta nueva Ley Orgánica 10/2022. Se debería de permitir para la residencia la
posibilidad de autorización mediante las distintas formas que la nueva Ley 10/2022 establece en cuanto a la acreditación de la existencia de las violencias sexuales en su artículo 37, para que no sea necesaria la denuncia y se permitan otros títulos habilitantes para la residencia de las mujeres migrantes en situación administrativa irregular, primando así sus derechos humanos sobre su estatus migratorio. 

4. Que se modifique la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual para que sea de aplicación también a las mujeres migrantes que hayan sufrido violencia sexual en países de origen o de tránsito, debido a que actualmente deja fuera a la mayoría de las supervivientes a la MGF o de matrimonios forzados.

5. Que se modifique la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género para que incluya la violencia institucional a partir de una perspectiva de género, derechos de la infancia e interseccional, tomando medidas para su prevención, reparación y erradicación. Así mismo, se tipifique la violencia económica como una forma de violencia de género, tal y como ha solicitado la Magistrada-Jueza del Juzgado Penal 2 de Mataró, Lucía Avilés Palacios, en el Procedimiento Abreviado No 44/2020.

6. Que la futura Ley Orgánica contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia incluya un apartado sobre las violencias machistas, con medidas de atención, prevención y reparación que tomen en cuenta la intersección entre el machismo y el racismo y sus consecuencias para el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias machistas, tomando en cuenta al racismo en el ámbito institucional.

7. Que los títulos habilitantes emitidos por las Comunidades Autónomas puedan ser revalidados en otras Comunidades Autónomas cuando las víctimas trasladan su residencia. Y que en el reconocimiento de los títulos habilitantes se tenga en cuenta los informes emitidos por las entidades sin ánimo de lucro, que atienden a mujeres víctimas y supervivientes, incluyendo las asociaciones migrantes especializadas.

8. Que el Ministerio de Igualdad garantice que el número 016 es atendido por profesionales con la formación especializada para ello a partir de una perspectiva de género, antirracista, decolonial e interseccional que brinde información adecuada a las mujeres víctimas o supervivientes de las violencias machistas que llaman, siendo en muchas ocasiones el primer contacto con las autoridades y un servicio fundamental para la
garantía de su derecho a una vida libre de violencias machistas.

9. Que el Ministerio de Igualdad garantice que para la implementación de la Estrategia estatal de prevención y respuesta a las violencias machistas se cuente con la participación efectiva y como sujetas de derechos a las mujeres migrantes víctimas y supervivientes de las violencias machistas. Así mismo, se impulse la creación de un Grupo de Trabajo conformado por mujeres migrantes, de origen migrante y racializadas expertas para
construir y aprobar una Estrategia Nacional para la Erradicación de las Violencias Machistas contra las Mujeres Migrantes a partir de una perspectiva de género, antirracista, decolonial, interseccional y de derechos humanos.

10. Qué el Ministerio de Igualdad y con la participación de los Ministerios de Derechos Sociales y Agenda 2030, Trabajo y Economía Social, Inclusión Social y Educación garantice que se incluya en la Estrategia Estatal de Cuidados un eje para la prevención y atención de las violencias machistas de las mujeres que trabajan en los cuidados, desde una perspectiva de género e interseccional.

11. Que al amparo de la Ley 4/2015 Estatuto de la Victima, se reconozca y acredite la figura de Mediadoras Interculturales y/o Promotoras comunitarias en todos les servicios y modelos de protección, para que las mujeres migrantes supervivientes de violencia machista incluida la sexual estén acompañadas en todo momento. Que desde el Ministerio de Igualdad se impulse y financie un encuentro anual de acompañantes de víctimas o supervivientes de las violencias machistas de distintos lugares de España para compartir
experiencias y fortalecer redes contando con una participación diversa de mujeres y organizaciones. Las promotoras comunitarias desarrollan acciones de sensibilización, prevención, información y acompañamiento a las mujeres migrantes, que debe ser financiando y garantizado de manera sostenida con recursos públicos.

12. Que se evalúe el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, contando con la participación de mujeres migradas y con especial atención a la forma en la que se están utilizando sus fondos, para que las medidas que se están realizando estén cumpliendo de manera efectiva con el objetivo de erradicar la violencia de género.

13. Que el Ministerio de Igualdad impulse con los Consulados en España, en ocasiones los únicos lugares a donde acuden las mujeres migrantes cuando llevan poco tiempo en el país, brindar información adecuada, efectiva y con perspectiva de género, infancia e interseccional sobre qué hacer en casos de violencias machistas y los recursos existentes, así como sobre extranjería. Que, se les inste asuman responsabilidades con las mujeres migrantes pudiéndoles aportar medidas de apoyo, protección de sus familias en origen y
facilitar su documentación y la de sus hijos e hijas; así como seguimiento de protección en el país de origen.

14. Diseñar y aprobar un protocolo estatal interinstitucional, intersectorial e interdisciplinar de MGF, no centrado únicamente en el ámbito sanitario, para garantizar la atención integral de las supervivientes, incluyendo a las víctimas y supervivientes de matrimonios forzados; así como armonizar los protocolos autonómicos existentes sobre MGF y aprobar este tipo de instrumentos en las Comunidades Autónomas donde todavía no existen. Dotar de financiación pública suficiente la implementación de los protocolos
existentes en los ámbitos estatal y autonómico e impulsar la creación de comisiones para su adecuado seguimiento, monitoreo y evaluación.

15. Que el Gobierno y la Dirección General de Gestión del Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal tomen medidas adecuadas y efectivas para que el Sistema de Acogida de Protección Internacional y Temporal cuente con los recursos económicos y humanos adecuados y con la formación especializada para garantizar la protección internacional de las mujeres solicitantes, así como su acceso a todos los derechos, sin hacer distinción por nacionalidades, ni en base al criterio de “países seguros”. Así mismo que, este Sistema cuente con profesionales especializados/as en violencias machistas, medios y recursos específicos en la materia, para atender adecuadamente a las mujeres solicitantes de protección internacional que sean víctimas de esta violencia. 

16. En el marco de una atención integral, sería deseable que en todos los servicios de atención a mujeres víctimas y supervivientes de violencias machistas prever la vinculación de profesionales migradas o de origen migrante, generar un clima de acogimiento y confianza; así como para la formación a otros profesionales de diferentes ámbitos, por tanto es imperioso se agilicen los procesos de homologación de formación y títulos que las mujeres migrantes traen de sus países.

17. Que el Ministerio de Igualdad impulse en coordinación con las Comunidades Autónomas un Protocolo estatal de actuación y coordinación en casos de feminicidio de mujeres migrantes que tome en cuenta a sus hijas, hijos y familiares, así como su situación migratoria y reparación integral. Este protocolo debería incluir medidas para la repatriación de los cuerpos de las mujeres migrantes víctimas de feminicidio cuando la
víctima hubiera manifestado en vida este deseo o así lo quiera su familia.

18. Garantizar una cobertura sanitaria universal recuperando el sistema sanitario previo al 2012. Actualmente muchas mujeres migrantes no tienen garantizado el acceso al sistema público de salud, siendo esto indispensable tanto para la detección de mujeres que sufren o han sufrido distintas violencias de género, atender los efectos de violencia de género, así como para la reparación de las consecuencias sobre su salud.

19. Aumentar la cobertura de la atención social integral, en la actualidad insuficiente para víctimas de violencia de género migradas. La Atención Social Integral a mujeres y menores víctimas de violencias machistas es, legalmente y, de hecho, una competencia compartida por Comunidades Autónomas y Ayuntamientos u otras entidades locales, establecida por leyes estatales. El Estado ha de financiarlas íntegramente, por lealtad  institucional, y concretar cómo la comparten. Para ello es imprescindible una base de datos similar al DERA (Delegación de Gobierno) de Recursos de las Entidades Locales, donde se recojan datos sobre las mujeres migrantes, sus hijas e hijos y personas dependientes. La red de atención jurídica, social y psicológica de proximidad tiene que ampliar su cobertura, integrarse con la prevención y detección educativa y sanitaria, la
protección policial y judicial y el conjunto del sistema, y mejorar la coordinación entre los poderes del Estado, de las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, se lo debe a las víctimas pasadas, presentes o potenciales.

20. Que el Ministerio de Justicia impulse una formación obligatoria, continua y evaluable sobre la perspectiva de género, antirracista, interseccional, decolonial, la deconstrucción de la masculinidad hegemónica, las distintas formas y ámbitos de la violencia machista, el contexto de las violencias machistas, el continuum de las violencias machistas, la obligación de la diligencia debida, la reparación integral, la eliminación de los estereotipos de género, los niños y niñas como sujetos de derechos, la interdependencia e interconexión de los derechos de las mujeres a jueces, juezas, fiscalía, abogadas y abogados del turno de oficio (creando turnos para todas las formas de violencia machista), así como sobre la CEDAW, las Recomendaciones Generales del Comité CEDAW, la Convención sobre los Derechos del Niño, las Observaciones Generales del Comité de los
Derechos del Niño, el Convenio de Estambul y los informes y recomendaciones del GREVIO, con especial atención a la situación de las mujeres migrantes, racializadas y las que se encuentran en una situación administrativa irregular, tomándolas en cuenta como sujetos de derechos y para el diseño, participación e impartición de estas formaciones. Que esta formación sea brindada por agentes externos a las instituciones judiciales y especializados en las materias nombradas, teniendo en cuenta a las mujeres migrantes. Así como que se garantice que las mujeres que viven o han vivido violencia machista cuenten durante todo el procedimiento con una interpretación especializadas y de calidad, con perspectiva de género e interseccional.

21. Que el Ministerio de Justicia, la Fiscalía, el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo General de la Abogacía Española, los Colegios de Abogadas y Abogados y el Ministerio de Igualdad tomen medidas efectivas para garantizar la reparación integral de las mujeres migradas que viven o han vivido violencias machistas y sus hijas e hijos, más allá de lo económico, tomando en cuenta el marco internacional y europeo de derechos humanos, además de tomar en consideración sus deseos y necesidades.

22. Que el Ministerio de Igualdad junto al Ministerio de Justicia y resto de instituciones públicas competentes, garantice la creación de mecanismos y sistemas de información, seguimiento y evaluación de las leyes y políticas públicas en materia de violencia de género, que cuenten con la participación real y efectiva de las mujeres y organizaciones de mujeres migrantes y racializadas así como de organizaciones especializadas en todo el territorio nacional, realizando una rendición de cuentas pública anualmente del cumplimiento de las mismas.

Madrid, 27 de marzo de 2023.

FIRMANTES DEL PRONUNCIAMIENTO:

1) Red Mujeres Latinoamericanas y del Caribe – España.

2) Asociación de Investigación y Especialización sobre Temas Iberoamericanos – España

3) Coordinadora de Inmigrantes Marroquíes Casa Marruecos – Valencia

4) Asociació Helia – Barcelona

5) Colectiva 1600´s – Madrid.

6) Fundación ASPACIA – Madrid

7) CALALA Fondo de Mujeres – España

8) Feministas por el Cambio Social – España

9) Plataforma Impacto Género YA – España

10) Asociación Por TI Mujer – Valencia.

11) Asociación Mujeres Supervivientes – Sevilla

12) Asociación Mujeres AMALGAMA – Madrid.

13) Asociación Mujeres Pa´lante – Barcelona

14) Asociación Malen Etxea Mujeres Inmigrantes – País Vasco.

15) ACCOES – Madrid.

16) Asociación Servicio Doméstico Activo SEDOAC – Madrid.

17)  MAAE Plataforma de Arte – Madrid

18) Movilidad HUmana – Ferrol

19) Haurralde Fundazioa – País Vasco

20) Colectiva Feminista Furia Mexicana – Barcelona

21) Asociación ARTEMISA, Migrante y Refugiada – Málaga

22)  Cooperativa LA COMALA SCM – Madrid

23)  Brujitas Migrantes – Madrid

24)  ESCODE – Estudio y Cooperación para el Desarrollo – Granada.

25) Grupo de Mujeres Africanas – España

26) Almena Cooperativa Feminista – Barcelona. 

27) Colectiva Disidente Antipatrialcal Desencajades – Valencia 

30) Colectivo Sirirí – Granada.  

31) Asociación para la Convivencia Intercultural Amazonas – Cádiz.

32) Colectiva Disidente Antipatriarcal DESENCAJADES – Valencia.

33) JORNALERAS DE HUELVA EN LUCHA – HUELVA

34) Asociación Latinoamericana Huelva para todas y todos – Huelva.

35) RED ACOGE – ESPAÑA.

36) OBETI – Observatorio Ético Internacional – Madrid. 

37) OBETICA – Observatorio Ético Caribe y América Central – Costa Rica.

FIRMAS Y ADHESIONES

https://docs.google.com/forms/d/1ODw-itVmkhH6W11nKgnSbCQx4pAHKBFTTUhCsM_-kjA/viewform?edit_requested=true